- Presentar al Consejo y al Parlamento propuestas legislativas.
- Gestionar y aplicar las políticas y el presupuesto de la UE.
- Hacer cumplir la legislación europea.
- Representar a la UE en la escena internacional y en los foros internacionales.
El Tratado de Maastricht ha variado algunos aspectos que conllevan mayor dependencia política del Parlamento Europeo:
- A partir de 1995 la Comisión será nombrada por un período legislativo coincidente con la del Parlamento Europeo
- Al Parlamento Europeo se le ha dotado de mayor influencia sobre la Comisión al poder censurar y obligarla a dimitir
Otro de los aspectos está relacionado con los asuntos de la UEM, al reservarse sus decisiones al BCE, al Consejo de Ministros Europeo Y al Consejo Europeo.
El Tratado de Ámsterdam hace que los miembros elijan al Presidente pero el Parlamento deberá aprobarlo. El Presidente de la Comisión podrá censurar a los comisarios.
Cada cinco años se designa una nueva Comisión en el plazo de seis meses desde las elecciones al Parlamento Europeo.
En el futuro, la Comisión:
- Velará por que se apliquen los Tratados y las medidas adoptadas por las instituciones
- Supervisará la aplicación del Derecho de la UE bajo el control del Tribunal de Justicia de la UE
- Ejecutará el presupuesto y gestionará los programas
- Ejercerá funciones de coordinación, ejecución y gestión
- Asumirá la representación exterior de la UE
- Adoptará las iniciativas de la programación anual y plurianual de la UE con el objeto de lograr acuerdos interinstitucionales.