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Fuentes de ordenamiento jurídico

Derecho subsidiario: fuentes no escritas

Recoge todas las fuentes no escritas del Derecho Comunitario, de origen jurisprudencial que se utilizan como normas jurídicas en caso de insuficiencia del derecho primario o del Derecho derivado. Las fuentes que se utilizan son: los principios generales

Derecho internacional

La UE, está sometida a las normas del derecho internacional, al considerar que la UE es un sujeto de derecho, pudiendo comprometer su responsabilidad ante terceros, por esta razón el Tribunal de Justicia lo utiliza como fuente de

Derechos fundamentales

Hasta le entrada en vigor de la carta de derechos fundamentales, el tribunal de justicia se basaba en los principios generales del derecho, ya que el tratado de roma no  hacía referencia a estos derechos y no fue

Acuerdos Externos

Son los Tratados Internacionales de la UE con terceros países y con organismos internacionales, estos generan derechos y obligaciones. El Tribunal de Justicia de la UE les concede un rango superior a los actos de Derecho derivado de

Actos convencionales

Constituyen el resultado de un acuerdo, que genera derechos y obligaciones entre las instituciones comunitarias y un tercero, existen tres tipos: Los acuerdos internacionales, se dan entre la UE y terceros países, pueden ser de política exterior, de

Actos unilaterales. Normas no obligatorias

Recomendaciones. Son un instrumento de acción indirecta para armonizar legislaciones nacionales, no son vinculantes tienen sólo alcance político y moral. Dictámenes. Están previstos en los tratados expresan un opinión sobre una cuestión determinada.

Derecho Derivado

Es el conjunto de normas, que emanan de las instituciones comunitarias. El respeto a la individualidad nacional, forma parte del sistema normativo, y sólo será reemplazada la normativa nacional, por un acto comunitario cuando sea precisa la implantación

Actos unilaterales. Normas obligatorias

Reglamentos. Son las leyes comunitarias, tienen alcance general. Son directamente aplicables, se publican en el Diario Oficial de la CE. Entran en vigor el día que establece el reglamento (si no lo establece 20 días después). No precisan

Derecho Originario

El primario está constituido, por el conjunto de normas que emanan de los tratados fundacionales, anexos, protocolos, complementos y todas las modificaciones posteriores. Está creado por los Estados miembros, en él se definen los objetivos y órganos de

Derecho Comunitario

Regula las relaciones entre las instituciones comunitarias, la Unión y sus estados miembros, estableciendo los procedimientos de la toma de decisiones a través de las normas, con efectos obligatorios sobre los Estados y los ciudadanos, también se ocupa

Ordenamiento jurídico de la Unión Europea

En la Unión Europea, las relaciones entre los estados se rigen por el derecho comunitario, mediante un ordenamiento jurídico el cual es la base del sistema institucional. Las normas que provienen de los tratados o de las instituciones,

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