Hasta le entrada en vigor de la carta de derechos fundamentales, el tribunal de justicia se basaba en los principios generales del derecho, ya que el tratado de roma no hacía referencia a estos derechos y no fue hasta el tratado de Maastricht donde se establecían los derechos fundamentales derivados del Convenio Europeo de Derechos Humanos y de las tradiciones nacionales, también en el Tratado de Ámsterdam se dispone que la UE se basa en el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, pero aun así seguía habiendo un vacío que se ha subsanado con la Carta de Derechos Fundamentales, aunque esta sólo tiene valor de declaración hasta que con el Tratado de Lisboa adquiere carácter vinculante.