ICIO, el desconocido impuesto que hay que pagar si haces obras en casa

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A nadie se le queda buen cuerpo cuando escucha la palabra «impuesto». Sin embargo, la sensación es más desagradable cuando descubres uno que no conocías y al que tienes que hacer frente por sorpresa. Se trata del impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras  (ICIO). ¿Habías oído hablar de él? Si estás pensando en hacer obras en algún edificio u otro tipo de infraestructura, tendrás que destinar parte del dinero a hacer frente a este pago obligatorio. Con el fin de que sepas todo lo que debes hacer en estos casos, vamos a describirte a continuación aquellos pasos que tienes que dar para no crear ninguna deuda que se quede sin pagar. También te servirá para que el presupuesto no sea mayor de manera inesperada.

El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras debe ser pagado por aquellas personas que quieran hacer modificaciones urbanísticas en una vivienda, en un edificio o en un garaje, entre otros sitios. Para que entiendas el proceso de una manera más sencilla, vamos a describirte paso a paso todo lo que debes saber respecto al ICIO.

¿Qué es ICIO?

Se trata del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Tiene carácter potestativo y su hecho imponible es la realización de cualquier instalación, construcción u obra dentro del término municipal. Por supuesto, para poder llevar a cabo esto último siempre necesario contar con una licencia urbanística o de obras que se tendrá que solicitar en el ayuntamiento. No se pueden iniciar si este no ha dado su visto bueno.

¿Quién debe pagar el ICIO?

Las personas que sean propietarias de la instalación, de la construcción o de la obra deben asumir el coste del impuesto ICIO. No importa si es o no propietaria del inmueble en el que vayan a desarrollarse las modificaciones. De este modo, si no es el dueño el que está interesado en llevar a cabo las reformas, será la persona que solicite las licencias oportunas y lleve a cabo las obras la que tenga que asumir el coste total del servicio que se desarrolle.

¿Cuándo hay que pagar este impuesto?

Este impuesto hay que pagarlo dependiendo del ayuntamiento del municipio en el que vayan a tener lugar las obras. Así, el tiempo concreto será determinado en las ordenanzas fiscales. Estas son las que marcan el plazo de pago y el régimen de liquidación. En el caso de que se termine el periodo de pago voluntario, el Ayuntamiento se encargará de exigir que se asuma la deuda por vía ejecutiva con los intereses de demora y con el recargo correspondiente.

icio

¿Dónde debe pagarse el ICIO?

En la carta de pago se indicarán las entidades colaboradoras y las formas en las que puedes llevar a cabo el desembolso económico correspondiente. Entre ellas se encuentran las siguientes:

  • De forma presencial. Tan solo habría que acercarse a las entidades financieras correspondientes.
  • Por banca telefónica. Si la entidad financiera posee este servicio, podrás realizar el pago a través del teléfono.
  • Por cajero electrónico. Al igual que en el punto anterior, si la entidad financiera presume de esta forma de pago, podrás llevarlo a cabo de una manera cómoda.
  • Por Internet. Si tienes una cuenta bancaria o una tarjeta de crédito o de débito, podrás realizar el pago desde casa.

Para hacer cualquiera de los pasos anteriores, debes contar con la carta de pago que BASE manda por correo ordinario. De esta forma, cualquier usuario puede realizar este trámite sin ningún tipo de complicación. Si no lo has recibido, deberás solicitar en las oficinas de BASE un certificado de este documento.

¿Se pueden fraccionar o aplazar los pagos de este impuesto?

Sobre todo si te ha pillado de sorpresa, te costará más hacer frente al impuesto ICIO. Por ello, muchos son los que se preguntan si se puede posponer o fraccionar la deuda para conseguir de una forma más cómoda el dinero correspondiente. La respuesta es que sí. Sin embargo, dependerá de si se cumplen o no los requisitos que se establecen en los artículos 65 y 82 de la Ley General Tributaria. Para ello, debes seguir el procedimiento que se encuentra en la Subsección 2ª del Aplazamiento y Fraccionamiento de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.

¿Qué sucede si finalmente las obras no se llevan a cabo?

Si pagas las tasas correspondientes al impuesto ICIO y no desarrollas finalmente las obras, no se te devolverá la cantidad económica desembolsada. La razón es que el servicio municipal de concesión de licencia se ha desarrollado, además de haber sido dictada la orden. Sin embargo, en el caso de la tasa por utilización o aprovechamiento del dominio público, se devolverá lo que se haya invertido si la no consecución de las obras se debe a causas ajenas. También se devuelve el dinero si esta solicitud tiene lugar antes de que concluya el periodo de autorización.

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