Política de Medio Ambiente

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La protección del medio ambiente no aparece como objetivo concreto en el Tratado de Roma. Sólo aparece a principios de los años 70, especialmente desde 1972, cuando los Jefes del Estado y de Gobierno deciden en París impulsar los temas medioambientales y formular una política de medio ambiente, urgiendo a las instituciones comunitarias a elaborar un Programa de Acción, con un calendario preciso.

La presión de algunos Estados miembros y de la Comisión Europea llevó a su inclusión formal en el Acta Única ,Europea de 1987 y posteriormente, en el Tratado de la Unión Europea. El Acta Única formalizó y explicitó legalmente el compromiso de la Unión en los temas medioambientales. En el Tratado de Amsterdam, que modifica al Tratado de Maastricht, se ha incluido la protección del medio ambiente como uno de los objetivos de la Unión Europea.

Los programas de Acción

Hasta hoy día, la Comunidad ha adoptado cinco Programas de Acción sobre medioambiente. En el Primer Programa (1973-1977), se exponían los principios y prioridades que más tarde orientaría la política de medio ambiente comunitaria. El segundo Programa de Acción (1977-1982), En ambos programas se presentaba una lista detallada de las lecciones a emprender, para mantener a raya los problemas que estaban surgiendo, derivados fundamentalmente del deterioro ambiental provocado por la polución.

Los principios que se enumeraron en el primer programa han permanecido en los sucesivos programas de acción que les han seguido.

Los principios son los siguientes:

  1. Prevención. Este principio aboga por la búsqueda de las causas que originan la degradación del medio ambiente, para poner remedio con antelación al daño. Equivaldría a mantener el principio de «más vale prevenir que curar».
  2. Evaluación. En el estudio más precoz posible del proceso de toma de decisiones se deben considerar las incidencias sobre el medio ambiente.
  3. Utilización racional de los recursos. Se evitara cualquier forma de Explotación de los recursos y del medio natural que supongan daños sensibles para el equilibrio ecológico.
  4. Conocimientos científicos. Se mejorarán los conocimientos científicos para permitir una acción más eficaz en materia medioambiental.
  5. El que contamina paga. Este principio sostiene que el coste de la prevención y de la eliminación de los daños correrá a cargo del contaminador.
  6. Responsabilidad. Las actividades emprendidas en un Estado miembro no supondrán una degradación del medio ambiente en otro Estado.
  7. Países en desarrollo. Las políticas de medio ambiente de un Estado miembro tendrán en cuenta los intereses de los países en desarrollo.
  8. Organizaciones internacionales. La Comunidad y los Estados miembros promoverán la protección del medio ambiente a escala internacional a través de las organizaciones internacionales.
  9. Educación. Será preciso un esfuerzo común a nivel educacional para que la población tome conciencia de la necesidad de proteger el medio.
  10. Subsidiariedad. Las medidas de protección deberán ser tomadas al nivel más adecuado según el tipo de actuación y la zona geográfica a proteger. Coordinación. Los programas nacionales deberán coordinarse sobre la base de un compromiso común a largo plazo. Las políticas nacionales deberán armonizarse y no ser concebidas para su desarrollo aislado.

El Tercer Programa de Acción (1983-1987), fue adoptado en 1983 y está basado en los dos programas anteriores. Con este programa se propone elaborar una estrategia global para la protección del medio y de los recursos naturales en la CE. En este programa, la prioridad pasa del control a la prevención. Esto hace que en este Tercer Programa, se puedan destacar tres características diferenciadas que señalan, el cambio de tendencia de la política medioambiental de la CE. Estas características son: estrategia global, prevención e integración en otras políticas.

El Cuarto Programa de Acción (1987-1992), ponía el énfasis en la necesidad de que el medio ambiente esté integrado en todas las políticas comunitarias para asegurar un desarrollo común más equilibrado, haciendo especial hincapié en cuatro tipos de actuaciones: legislativa, aplicación completa de la legislación comunitaria en vigor, control, control del impacto sobre el medio ambiente de todas las sustancias y fuentes de polución; información, acceso al público de toda la información sobre medio ambiente y mejor difusión de esa información.

El Quinto Programa de Acción (1992-200) se fundamenta sobre un nuevo concepto, el del desarrollo duradero. La protección del medio ambiente se reconoce como fundamental para un desarrollo global de la CE. Al quinto programa se le denominó «Hacia un Desarrollo sostenible». El Quinto Programa trata de proporcionar una estructura para la puesta en marcha de los compromisos adquiridos por la Comunidad en la Conferencia de Río.

El 22 de julio de 2002 el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el Sexto Programa de Acción sobre medio ambiente 2002-2012 donde se incorporaron los principios fundamentales de Acción sobre medio ambiente: cambio climático, naturaleza y biodiversidad, salud y calidad de vida, “1 · recursos naturales y residuos. El cambio climático y el cumplimiento del Protocolo de Kyoto se constituyen en el principal reto que tienen los países de la UE en materia medioambiental.

La estrategia comunitaria sobre medioambiente

La estrategia comunitaria está fundamentada por tanto en:

  • La integración de la protección del medio ambiente en el resto de las políticas: considerar a la política medioambiental como una política transversal.
  • El desarrollo sostenible, incluido la energía sostenible:
  • Fuentes de energía renovables autóctónas (eólica, biomasa, centrales hidráulicas biocarburantes, carbón y nuclear)
  • Lucha contra el cambio climático
  • Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, con el Compromiso equivalente de los países industrializados y países en desarrollo.
  • Bajo los principios: capacidad de pago y responsabilidad de las emisiones (excepto los países más pobres).

El que contamina paga

Uno de los principios fundamentales de la política medioambiental de la UE es el principio de el que contamina paga. Este principio fue introducido en los Tratados por el Acta Única Europea, la Comunidad lo que pretende es fomentar la aplicación de tecnologías limpias y la elaboración y utilización de productos no contaminantes.

En el ámbito comunitario existen determinadas ayudas destinadas a proteger el medio ambiente. Forman parte de estas ayudas: las contribuciones financieras.

La Unión Europea y el desarrollo sostenible. El Protocolo de Kyoto

El desarrollo sostenible incluido en la estrategia comunitaria sobre medio ambiente es el señalado en el Informe Brundtland, como aquel que favorece la satisfacción de las necesidades presentes sin poner en peligro las capacidades de las generaciones futuras. Esto supone: l) La protección del equilibrio general y de la reserva del capital natural; 2) El establecimiento de unos criterios e instrumentos para evaluar el coste y el beneficio a corto y a largo plazo, que reflejen los auténticos efectos socioeconómicos y los valores de consumo y conservación, y 3) La distribución y consumo de los recursos de forma equitativa en todos los países y regiones del mundo.

El Protocolo de Kyoto obliga a tomar determinadas medidas, especialmente respecto a las emisiones de gases de efecto invernadero. Que sea coherente con el objetivo de un aumento máximo de la temperatura del planeta de 2°C. Dado que el cambio climático es un problema mundial, que requiere soluciones globales.

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