La idea de establecer en Europa una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) se remonta a las primeras iniciativas de integración europea, con la OECE y la CECA.
Esta fue la fórmula propuesta por Francia para permitir el rearme del ejército alemán. Esta propuesta conllevaba la formación de una Comunidad de Defensa Europea (CDE).
El 27 de mayo de 1953 se firmó un Tratado por el que se establecía una fuerza de defensa europea conjunta. Los países firmantes fueron: Alemania, Bélgica, Francia, Holanda, Italia y Luxemburgo.
En agosto de 1954 la Asamblea francesa se opuso a la ratificación del Tratado de la CDE y por tanto, no se llegó a establecer ni la CDE ni la Comunidad política Europea. Estos obstáculos no impidieron a Alemania constituir un ejército que se integró en la Unión Europea Occidental (UEO), establecida en París en diciembre de 1954.
Objetivos y financiación de la PESC
Objetivos. En el Tratado de la Unión se acordaron los objetivos de la Política Exterior y de Seguridad Común y en el Tratado de Amsterdam se completaron. Los objetivos de la PESC son los siguientes:
- La defensa de los valores comunes, de los intereses fundamentales y de la independencia e integridad de la Unión de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas.
- El fortalecimiento de la seguridad de la Unión y de sus Estados en todas sus formas.
- El mantenimiento de la paz y el fortalecimiento de la seguridad internacional, de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas, con los principios del Acta Final de Helsinki (1975) y con los objetivos de la Carta de París (1990), incluidos los relativos a las fronteras exteriores.
- El fomento de la cooperación internacional.
- El desarrollo y coordinación de la democracia y del Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales.
Los gastos operativos de la PESC corren a cargo del presupuesto de la UE.
El Tratado de Niza, introdujo en la PESC modificaciones relativas a las cooperaciones reforzadas y se refieren a la aplicación de una acción común o de una posición común, no pudiendo referirse en ningún caso a cuestiones que impliquen repercusiones militares o en el ámbito de la defensa.
La Política de Seguridad y de Defensa
En el Tratado de Maastricht se recurrió a la UEO para que formase parte integrante del desarrollo de la Unión y de la futura estructura de defensa de la UE, a través de una Declaración relativa a la Unión Europea Occidental. La política de la UE en materia de seguridad y defensa deberá ser compatible con la Política Común de Seguridad y Defensa y con las obligaciones que se deriven para los países miembros de su pertenencia ala OTAN.
La estrategia de seguridad de la UE define como las principales amenazas las siguientes:
- Terrorismo.
- Proliferación de armas de destrucción masiva.
- Conflictos regionales.
- Debilitamiento de los Estados ( corrupción, debilidad de las instituciones, etc.).
- Delincuencia organizada.
Para la defensa de la seguridad europea, la UE se concentra en los siguientes objetivos estratégicos:
- Hacer frente a las amenazas.
- Construir la seguridad en los países vecinos.
- Basar el orden internacional en un multilateralismo eficaz.