Política Europea de Vecindad (PEV)

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Tras la ampliación a los países del Este y Centro de Europa, se modificaron sustancialmente las fronteras externas de la Unión.

Hasta la ampliación del 1 de mayo de 2004, la cooperación con los países del Este y Centro de Europa ha estado sustentada en un conjunto de instrumentos y acciones orientados a la cooperación transfronteriza y transnacional: 1. INTERREG. 2. Los programas PHARE. 3. Los programas TACIS y 4. El programa CARDS. La cooperación con los países de la cuenca oriental y meridional del Mediterráneo, cuyas fronteras no han variado con la ampliación estaba basada en le programa MEDA.

Las fronteras externas de la UE se vieron modificadas de forma sustancial con la ampliación de 2004. La Política Europea de Vecindad trata de proporcionar un enfoque global, coherente y eficaz a la cooperación con los nuevos vecinos, con el objetivo de incrementar la seguridad, la prosperidad y la estabilidad de la región. El fundamento de la Política de Vecindad es contar con un conjunto de países que forman frontera con la Unión que compartan los valores y objetivos fundamentales de la UE, en un contexto de relaciones que no se limiten solo a la cooperación, sino que incluyan un mayor grado de integración económica. La Política de Vecindad no incluye la perspectiva de adhesión a la UE de los países vecinos, distinguiéndose claramente de la posibilidad que tienen algunos países del Este de Europa, de incorporarse como nuevos Estados miembros, en virtud del artículo 49 del Tratado de la UE.

Los aspectos mas destacados de la PEV son los siguientes:

  1. La inclusión de diferentes países en una única política. .
  2. Las relaciones que la UE ofrece es la misma para todos los socios.
  3. El país socio tiene que solicitar unirse a la PEV y participar de los principios y valores comunes de la UE: respeto a la ley, buena gobemanza, respeto a los derechos humanos, incluido el respeto a las minorías, la promoción de las relaciones de buena vecindad y posprincipios de economía de mercado y desarrollo sostenible.
  4. La PEV es esencialmente bilateral.

Instrumento Europeo de Vecindad (IEV) y los Planes de Acción

En la cumbre de Niza (2000), se invitó a la Comisión a que se ocupase de esta cuestión y propusiese un programa para reforzar la competitividad de las regiones fronterizas. En el Consejo Europeo de Copenhague de diciembre de 2002, se confirmó el interés y oportunidad de la Unión por estrechar las relaciones con los nuevos vecinos, en base a unos valores compartidos de respeto a la democracia, a los derechos humanos y al Estado de Derecho. En marzo de 2003, la Comisión presentó una Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo: En esta Comunicación, la Comisión se refiere por primera vez a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad (lEV), como instrumento financiero para facilitar la cooperación y la integración regional. El Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación proporciona la estructura para que la UE lleve a cabo la asistencia en apoyo de las relaciones de la UE con 16 países socios, con la Federación Rusa y para programas de cooperación en las fronteras de la Unión. La Federación Rusa no es parte de la PEV ya que la cooperación entre la UE y la Federación Rusa esta orientada a la implementación de los «cuatro Espacios Comunes de la UE- Asociación Estratégica Rusa» concebida como una estructura de cooperación bilateral.

La Comisión propuso dos fases para la Política de Vecindad: 1. Una fase pragmática (en principio hasta 2006), donde las actuaciones se desarrollarían en el marco existente, tratando de mejorar los procedimientos de cooperación. 2. El establecimiento del Instrumento Europeo de Vecindad, una vez superadas las cuestiones jurídicas y presupuestarias.

En la primera fase se implantarían Programas de Vecindad elaborados conjuntamente con los países interesados de las fronteras exteriores de la UE. En la segunda fase, se establecería el IEV con las siguientes características: l. Aplicación por igual a los vecinos de la Unión, tanto terrestres como de la cuenca mediterránea. 2. Planteamiento global, y 3. Facilidad para afrontar las dificultades prácticas que surjan. La Política de Vecindad se define por tanto, como una estrategia a largo plazo con fases intermedias que tienen que completarse una vez se logren los objetivos intennedios y se haya profundizado en las relaciones.

Los planes de acción bilaterales forman parte de dos ámbitos principales: los valores comunes y la política exterior y de seguridad. El desarrollo económico y social, el mercado interior, la ayuda económica, las relaciones comerciales, la justicia y los asuntos de interior, también forman parte. Los derechos fundamentales y las libertades para promover valores comunes, se encuentran en la base de la Política de Vecindad. A la Comisión se le ha encomendado la elaboración de informes periódicos para reexaminar y adaptar los planes de acción.

Si bien la PEV se aplicará por igual a todos los países vecinos socios, se ha previsto una aplicación diferenciada por regiones. En el Este, las prioridades son unas y para la región del Mediterráneo la cooperación regional y subregional de la PEV se basa en el acervo de la asociación euromediterránea.

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