El alquiler en España ya contempla cláusulas COVID en los contratos

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Si algo hemos aprendido desde la aparición del coronavirus es a convivir con la incertidumbre y los cambios en las diferentes áreas de nuestra vida. Casi todos los días nos encontramos con nuevas medidas de restricción de movilidad, cambios en las ayudas económicas, nuevas pautas de cuidado, etc. Como no podía ser de otra manera, estos cambios también han llegado al terreno de las viviendas. Hoy en día, el alquiler en España ya contempla cláusulas COVID.

Durante el estallido de la pandemia, los caseros e inquilinos se vieron obligados a pactar bajadas en las cuotas del alquiler u optar por el cese de las mensualidades, ajustándose a la situación de cada persona. Ante la amenaza de nuevas oleadas de coronavirus y la anticipación de futuros confinamientos, se están incluyendo en el alquiler de España nuevas cláusulas COVID que aseguren un nivel de cobertura.

Aspectos legales de las cláusulas COVID

Las cláusulas relativas a la pandemia que se empiezan a incluir en algunos alquileres en España respetan la legislación española, dado que no van en contra de la moral, orden público ni contra la legislación específica (la Ley de Arrendamientos Urbanos). Por lo tanto, se considera que estas cláusulas son legales. Además, nacen de la necesidad de establecer escenarios de actuación ante diferentes situaciones que se puedan producir. Es una manera de que casero e inquilino puedan estar tranquilos sabiendo a qué atenerse en cada caso.

Por norma general, las cláusulas COVID del alquiler no se aplican a todas las situaciones. Se están empleando principalmente para los alquileres destinados a estudiantes o locales para actividades comerciales.

El alquiler en España para estudiantes y locales comerciales ya contempla cláusulas COVID

En los contratos de alquiler, una de las cláusulas más conocidas es la penalización que debe asumir el inquilino si abandona el piso antes de la finalización del contrato. Ante la situación del estado de alarma y el cese de actividad en diferentes áreas de la vida, muchas personas, principalmente estudiantes, se vieron en la obligación de regresar a sus ciudades con sus familias dejando el alquiler. En muchos casos esto les obligaba a hacer frente a una penalización.

Cláusulas COVID en el alquiler de viviendas en España

Esta situación también se ha trasladado a los alquileres de comercios, ya que los trabajadores no podían hacer frente a las mensualidades por el cese de actividad económica. Por ello, hoy en día, son muchos los estudiantes y trabajadores que piden que se incluyan cláusulas COVID en los contratos.

Sin embargo, respecto al alquiler de las viviendas en general, que no son para estudiantes o con fines comerciales, no se suele incluir este tipo de cláusulas porque la mayoría de los propietarios no están a favor. En este caso, una de las opciones que se propone a la hora de alquilar es realizar contratos por meses en vez de por años.

Cómo incluir las cláusulas COVID

A la hora de desarrollar un contrato, cuanto más detallada y específica sea la información, menos problemas se ocasionan en el futuro. Por ello, en cuanto a la introducción de las cláusulas COVID es recomendable incluir todas las posibles situaciones que se puedan dar, así como las pautas de actuación. Por ejemplo, ante la posibilidad de un nuevo estado de alarma, debe quedar explícitamente expresado si el inquilino puede dejar de pagar su cuota mensual durante un tiempo establecido o si debe seguir pagando su mensualidad.

Existen muchas maneras de incluir las cláusulas COVID en los contratos de los alquileres de las viviendas, ya que esto va a depender de la situación individual del arrendador y el arrendatario. Se puede llegar a acuerdos intermedios que beneficien a ambas partes. Lo importante es dejar claro cuáles van a ser esas cláusulas y buscar pisos que se ajusten a nuestras circunstancias.

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