Política de Competencia

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La competencia leal constituye uno de los principales fundamentos de la Comunidad, encontrándose en el Tratado CECA, en el Tratado de Roma y en el Tratado de la UE. A través de la política de la competencia se vigila el comportamiento de las empresas y de los Estados miembros y se protegen los intereses de los consumidores.

Su objetivo: una asignación eficiente de los recursos; la creación de un clima tan favorable como posible para la innovación y el progreso técnico y la adaptación a la economía internacional.

inicialmente el principal objetivo de la política de competencia era impedir los obstáculos en los intercambios

Competencia y mercado interior

El desmantelamiento de los obstáculos interiores a los intercambios, con el mercado único europeo ha creado un ambiente favorable para el desarrollo de la competencia entre las empresas, pero la experiencia muestra que muchos sectores de los mercados nacionales siguen siendo nacionales y presentan signos de fragmentación.

En muchos sectores la falta de competencia se debe a factores como el avance lento en la constitución de un marco normativo nacional en diversos ámbitos: energía, telecomunicaciones, o la dificultad de los mercados europeos para adaptarse a las nuevas condiciones de competencia del mercado único europeo.

La Comisión vigila a empresas que pretenden alterar los beneficios del mercado interior manteniendo la fragmentación del mercado, con actuaciones anticompetitivas.

En 2008 la Comisión llevó a cabo una comisión de la estrategia de Lisboa proponiendo: 1. integrar mejor la competencia en el marco amplio de la Estrategia de Lisboa. 2. Dar especial énfasis al impulso de la supervisión sectorial del mercado. 3. Mejorar la reglamentación si es necesario con especial énfasis a los servicios esenciales y las industrias de red. 4. Proponer que la política de competencia contribuya a los objetivos de la Estrategia de Lisboa en los sectores de gas, electricidad y servicios financieros.

Evolución de la concentración en Europa

Las operaciones de concentración se producen por impulsos o etapas.

No se conocen los motivos por los que las empresas llevan a cabo en la CE sus operaciones de concentración, por que normalmente no lo hacen publico. Las operaciones de concentración llevadas a cabo a mediados de los años 80, tenían como finalidad principal racionalizar la producción o los servicios. Hoy día son más agresivas, van más encaminadas a la expansión o adquisición de una posición privilegiada en el mercado.

La fuerte competencia internacional también obliga a las empresas europeas a llevar a cabo una ampliación de sus actividades como fuera de las fronteras nacionales.

Tipos de operaciones de concentración en la UE

  • Operaciones nacionales

Las operaciones nacionales son aquellas en las que las empresas implicadas pertenecen a un solo Estado miembro, es a nivel nacional. Su objetivo puede ser doble: impedir o disuadir a la competencia extranjera, el acceso a los mercados nacionales. Iría en contra de la competencia y de los principios de mercado único y consolidar las posiciones para favorecer la penetración en los mercados exteriores.

  • Operaciones comunitarias

Son las operaciones transfronterizas e incluye solo empresas de la UE. Tiene efectos que sobrepasa las fronteras de los Estados miembros. Desde el punto de vista comunitario son muy importantes

  • Operaciones internacionales

Son las que implican al menos a una empresa no comunitaria

Áreas de vigilancia en materia de competencia

El Tratado de Roma concede a la Comisión Europea el papel de arbitro neutral dotada del poder supranacional autonómico, con posibilidad de ir más allá de la iniciativa y asegurarse una acción directa. Es la encargada de vigilar el cumplimiento del principio de competencia leal en el mercado único. Llegado el caso puede sancionar con multas de elevada cuantía. Se ha creado un derecho comunitario de competencia que enmarca y orienta a las legislaciones nacionales.

A partir de 1992 la Comisión ha adoptado decisiones encaminadas a buscar un equilibrio entre el objetivo de la libre competencia y la necesidad de fomentar ciertas colaboraciones y autorizar algunos casos de financiación pública, así como directivas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas

La función de la comisión consiste en elaborar un sistema que proteja contra las distorsiones de la competencia, en el Mercado Único Europeo. Existen tres principales áreas que son objeto de vigilancia y control:

  • Los cárteles, acuerdos o convenios entre empresas
  • La exportación abusiva de la posición dominante en el mercado cuyo objetivo sea fijar precios inadecuados o limitar la producción la distribución o el desarrollo técnico
  • Las ayudas del Estado, cuyo objetivo sea alterar las condiciones de la competencia a favor de las empresas entidades o sectores subvencionados.

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