Seguros y fondos de pensiones en la Unión Europea

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El sector seguros es uno de los servicios financieros más importantes de la UE por su elevado volumen de negocios y porque genera un importante volumen de empleo y de valor añadido.

Los seguros y los fondos de pensiones tienen una importancia relevante en la vida económica por 3 motivos fundamentales : 1) posibilitan el ahorro a largo plazo. 2) Constituyen la base principal de la previsión social complementaria. 3) Por su gran influencia en la financiación de la economía.

Al igual que con los servicios bancarios, la desreglamentación y la liberalización del sector seguros se ha producido desde principios de los años 80.

El art. 8ª del tratado CEE dispone de la creación de un mercado interior del seguro que implica un espacio sin fronteras interiores donde las entidades de seguros ejercen su actividad libremente. Los objetivos de este tratado eran fundamentalmente :

  1.  Acceso a los ciudadanos de la UE a la gama más amplia de productos de seguros garantizando la protección jurídica y financiera en dichas operaciones.
  2.  Garantizar que una compañía de seguros autorizada en un estado miembro puede establecerse y prestar servicios en otro estado miembro.

Los principales avances para crear un mercado único del seguro parten de :

  • La sentencia del tribunal de justicia europeo en 1986.
  • La adopción del acta única Europea ( introduce la regla para establecer el mercado interior europeo)
  • La liberalización de los movimientos de capitales en la CE a partir del 1 de julio de 1990.

El mercado de los seguros se abrió a los servicios transfronterizos el 1 de julio de 1993.

Al igual que en los servicios bancarios también existe licencia única o pasaporte único.

La política de la UE tiene como objetivos sobre el sector seguros :

  1. Establecer un marco común para que los aseguradores presten sus servicios, se establezcan libremente, ejerzan su actividad a la vez que se protege a los usuarios.
  2. Al mismo tiempo existen disposiciones específicas para distintos sectores, de vida no vida etc…

Fondos de pensiones. La directiva de la CE del consejo de 29 de junio de 1998 incorporó por 1ª vez los fondos de pensiones a la normativa comunitaria que va orientada a la protección de los derechos de trabajadores que se desplazan en territorio comunitario.  Los obstáculos fiscales a las prestaciones por pensiones transfronterizas de los sistemas de empleo, fueron eliminadas a través de la comunicación de la comisión de 23 de abril de 2001.

En el año 2003 se hace pública la Directiva relativa a las actividades y supervisión de los fondos de pensiones con el objetivo de garantizar la protección de los partícipes y beneficiarios de los fondos, en un contexto de libre circulación de capitales y pagos.

Con carácter consultivo se crearon el Comité Europeo de Supervisores de Seguros y Pensiones de empleo y el Comité Europeo de Seguros y Pensiones de Empleo

El sistema de previsión social complementaria en la UE se ha estructurado, siguiendo el enfoque de Lovaina en 3 pilares :

  1. El sistema público de Seguridad Social.
  2. Los regímenes privados y complementarios de carácter ocupacional.
  3. Las decisiones que individualmente se adoptan para ahorrar.

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