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Unión Europea

Derecho subsidiario: fuentes no escritas

Recoge todas las fuentes no escritas del Derecho Comunitario, de origen jurisprudencial que se utilizan como normas jurídicas en caso de insuficiencia del derecho primario o del Derecho derivado. Las fuentes que se utilizan son: los principios generales

Derecho internacional

La UE, está sometida a las normas del derecho internacional, al considerar que la UE es un sujeto de derecho, pudiendo comprometer su responsabilidad ante terceros, por esta razón el Tribunal de Justicia lo utiliza como fuente de

Derechos fundamentales

Hasta le entrada en vigor de la carta de derechos fundamentales, el tribunal de justicia se basaba en los principios generales del derecho, ya que el tratado de roma no  hacía referencia a estos derechos y no fue

Actos convencionales

Constituyen el resultado de un acuerdo, que genera derechos y obligaciones entre las instituciones comunitarias y un tercero, existen tres tipos: Los acuerdos internacionales, se dan entre la UE y terceros países, pueden ser de política exterior, de

Acuerdos Externos

Son los Tratados Internacionales de la UE con terceros países y con organismos internacionales, estos generan derechos y obligaciones. El Tribunal de Justicia de la UE les concede un rango superior a los actos de Derecho derivado de

Actos unilaterales. Normas no obligatorias

Recomendaciones. Son un instrumento de acción indirecta para armonizar legislaciones nacionales, no son vinculantes tienen sólo alcance político y moral. Dictámenes. Están previstos en los tratados expresan un opinión sobre una cuestión determinada.

Derecho Derivado

Es el conjunto de normas, que emanan de las instituciones comunitarias. El respeto a la individualidad nacional, forma parte del sistema normativo, y sólo será reemplazada la normativa nacional, por un acto comunitario cuando sea precisa la implantación

Actos unilaterales. Normas obligatorias

Reglamentos. Son las leyes comunitarias, tienen alcance general. Son directamente aplicables, se publican en el Diario Oficial de la CE. Entran en vigor el día que establece el reglamento (si no lo establece 20 días después). No precisan

Derecho Originario

El primario está constituido, por el conjunto de normas que emanan de los tratados fundacionales, anexos, protocolos, complementos y todas las modificaciones posteriores. Está creado por los Estados miembros, en él se definen los objetivos y órganos de

Derecho Comunitario

Regula las relaciones entre las instituciones comunitarias, la Unión y sus estados miembros, estableciendo los procedimientos de la toma de decisiones a través de las normas, con efectos obligatorios sobre los Estados y los ciudadanos, también se ocupa

Ordenamiento jurídico de la Unión Europea

En la Unión Europea, las relaciones entre los estados se rigen por el derecho comunitario, mediante un ordenamiento jurídico el cual es la base del sistema institucional. Las normas que provienen de los tratados o de las instituciones,

Banco Europeo de Inversiones

Fue creado en 1958 por el Tratado de Roma para financiar inversiones. Es una institución anónima sin ánimo de lucro. Se financia con las suscripciones de capital de los Estados miembros de la UE, en función de su

Fondo Europeo de Inversiones

Sus estatutos fueron aprobados en mayo de 1994 en el contexto de apoyo al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la protección de las PYME. Tiene personalidad jurídica y autonomía financiera. Su objetivo es contribuir

Banco Central Europeo (BCE)

Es una institución monetaria con personalidad jurídica propia y dispone en cada Estado miembro de la mayor capacidad jurídica concedida por el respectivo derecho nacional a las personas jurídicas. Entre las funciones y atribuciones tendrá que: Garantizar el

El Supervisor Europeo de Protección de Datos

Creado en 2001 ante el avance de los medios informáticos. Se asegura que cuando un organismo de la UE procesa datos personales sea respetado el derecho a la intimidad de los ciudadanos. Su sede está en Bruselas.

Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)

Se constituyó en 1999. Está formado por el Banco Central Europeo (BCE) y los Bancos Centrales Nacionales de los Estados miembros. Actúa conforme al principio de una economía d mercado abierta y de libre competencia. Los órganos rectores

El Comité de las Regiones

Creado por el tratado de Maastricht. Está compuesto por representantes de los entes regionales y locales. El número de miembros es idéntico al del Comité Económico y Social. Sus miembros serán nombrados por el Consejo, por unanimidad, a

El defensor del pueblo

Es una institución introducida por el Tratado de Maastricht. Su objetivo es garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos frente a la mala administración de las instituciones y órganos comunitarios, e intensificar las relaciones entre las

Comité económico y social

Tiene su sede en Bruselas y fue creado por los Tratados de Roma. Es un órgano de consulta económica y social del Consejo y la Comisión. En el Comité están representados los diferentes grupos sociales y económicos de

Tribunal de Cuentas

Fue creado por el Tratado del 22 de julio de 1975. Su sede está en Luxemburgo. Su principal función es examinar y controlar la gestión del presupuesto de la UE. Es independiente del resto de las instituciones europeas.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Su misión es garantizar que: La legislación de la UE se interpreta y se aplica de forma similar en todos los Estados miembros. Los Estados miembros y las instituciones comunitarias cumplan la ley. Tiene el poder para resolver

Funciones de la Comisión Europea

Presentar al Consejo y al Parlamento propuestas legislativas. Gestionar y aplicar las políticas y el presupuesto de la UE. Hacer cumplir la legislación europea. Representar a la UE en la escena internacional y en los foros internacionales. El

Funciones del Consejo Europeo

La principal función es de impulso político, es decir, impulsar la marcha de la Unión y fijar nuevos objetivos para la UE. Por el Tratado de Ámsterdam los trabajos del Consejo y otras tareas que este les confíe

Comisión Europea

Es la encargada de velar por el cumplimiento del Tratado de la Unión Europea y es la representante de los intereses de la UE. Está compuesta por comisarios nombrados a propuesta de los Estados miembros. Éstos no pueden

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